Es el conjunto de normas, principios y procedimientos que regulan la estructura y el funcionamiento de los órganos de gobierno de una empresa. En concreto, establece las relaciones entre la junta directiva, el consejo de administración, los accionistas y el resto de partes interesadas, y estipula las reglas por las que se rige el proceso de toma de decisiones sobre la compañía para la generación de valor.
SOCIEDAD COLECTIVA _ Los socios responden de las obligaciones sociales en forma solidaria e ilimitada.
SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE _ Está constituida por uno o más socios comanditarios que sólo responden con el capital que se obligan a aportar, y por uno o más socios gestores o colectivos que responden por las obligaciones sociales en forma solidaria e ilimitada, hagan o no aportes al capital social.
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA _ Los socios responden hasta el monto de sus aportes.
SOCIEDAD ANONIMA _ La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de las acciones que hayan suscrito.
SOCIEDADES EN COMANDITA POR ACCIONES _ Los socios gestores responden por las obligaciones sociales como los socios de la sociedad Colectiva. Los socios comanditarios limitan su responsabilidad al monto de las acciones que hayan suscrito.
ASOCIACION ACCIDENTAL O DE CUENTAS EN PARTICIPACION _ En el cual dos o más personas toman interés en una o más operaciones determinadas y transitorias, a cumplirse mediante aportaciones comunes, llevándose a cabo las operaciones por uno o más o todos los asociados.